{"id":6832,"date":"2021-05-03T10:44:29","date_gmt":"2021-05-03T09:44:29","guid":{"rendered":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/?p=6832"},"modified":"2021-05-04T10:50:46","modified_gmt":"2021-05-04T09:50:46","slug":"els-dubtes-raonables","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/2021\/05\/03\/els-dubtes-raonables\/","title":{"rendered":"Las dudas razonables"},"content":{"rendered":"<p>La noticia es muy importante pero ha quedado algo oculta y desdibujada por el ruido circense de la campa\u00f1a electoral madrile\u00f1a: el voto particular de dos de los magistrados que firman la sentencia del Tribunal Constitucional que resuelve el recurso presentado por el exconseller Jordi Turull, hoy preso en Lledoners. Aunque el Alto Tribunal confirma el delito de sedici\u00f3n por el cual el Supremo conden\u00f3 a los dirigentes del proc\u00e9s , los magistrados Juan Antonio Xiol y Mar\u00eda Luisa Balaguer defienden que las penas deber\u00edan haber sido menores y consideran que \u201chubiera sido necesario tener en cuenta las dudas t\u00e9cnicas que el recurso al tipo penal de sedici\u00f3n suscita en este caso\u201d.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEstamos ante la primera grieta jur\u00eddica relevante sobre la condena a los l\u00edderes independentistas que surge del coraz\u00f3n del Estado, algo que no hab\u00eda sucedido hasta hoy, dado que todas las cr\u00edticas al respecto proven\u00edan de organismos internacionales o de entidades de la sociedad civil. Recordemos que esta sentencia abre la v\u00eda para que Turull pueda acudir ya al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y cabe suponer que lo ahora expuesto ser\u00e1 aplicable al resto de presos que entonces formaban parte del Govern.<br \/>\n&nbsp;<\/p>\n<blockquote><p>Estamos ante la primera grieta jur\u00eddica relevante sobre la condena a los l\u00edderes independentistas<\/p><\/blockquote>\n<p>&nbsp;<br \/>\nLos votos particulares de Xiol y Balaguer cuestionan, matizan y rompen en parte el relato oficial sobre el proc\u00e9s que fij\u00f3 la sentencia del Supremo. No es poca cosa, teniendo en cuenta que todo lo sucedido a partir del 2012 es tambi\u00e9n una gran batalla de relatos, a la que el Estado acude tarde y mal, como constat\u00f3 desesperadamente Rajoy la noche del 9 de noviembre del 2014, cuando Mas apareci\u00f3 proclamando el \u00e9xito de ese ensayo de refer\u00e9ndum que se denomin\u00f3 consulta participativa. El relato que sustenta la condena del Supremo (que es una narraci\u00f3n que proviene de la instrucci\u00f3n del juez Llarena, que, a su vez, se basa en la peculiar versi\u00f3n de los hechos perge\u00f1ada t\u00e1citamente por el teniente coronel Baena) fue desmontado varias veces por las defensas, pero ahora se trata de reticencias y dudas razonables de dos miembros del TC.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nXiol y Balaguer argumentan que sus colegas no han tenido en cuenta a la hora de estudiar el recurso de Turull la \u201cindeterminaci\u00f3n\u201d del delito de sedici\u00f3n y que se trata de una figura muy interpretativa. Por otro lado, al referirse a lo ocurrido en las calles, ambos magistrados se apartan de la pel\u00edcula oficial: \u201cEn relaci\u00f3n con la multitudinaria movilizaci\u00f3n ciudadana del d\u00eda 1 de octubre del 2017, los incidentes que se produjeron, aunque importantes, tuvieron car\u00e1cter aislado, por lo que no resulta f\u00e1cil atribuir a esa movilizaci\u00f3n ciudadana, que tuvo lugar ese d\u00eda con el fin de ejercer un supuesto derecho de voto, elementos tumultuarios\u201d. Su conclusi\u00f3n interpela al conjunto de los espa\u00f1oles: \u201cPorque sin garant\u00eda de la preservaci\u00f3n de la norma el Estado de derecho no es posible. Pero sin una observancia escrupulosa de los derechos fundamentales tampoco lo es\u201d.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nSe pone de nuevo en evidencia que la judicializaci\u00f3n del conflicto catal\u00e1n, adem\u00e1s de convertir el desencuentro en una herida profunda, ha erosionado gravemente la calidad de la democracia espa\u00f1ola.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La noticia es muy importante pero ha quedado algo oculta y desdibujada por el ruido circense de la campa\u00f1a electoral madrile\u00f1a: el voto particular de dos de los magistrados que&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[6,71,70,7],"tags":[3],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6832"}],"collection":[{"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6832"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6832\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6833,"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6832\/revisions\/6833"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6832"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6832"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/francescmarcalvaro.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6832"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}